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Un hombre injurió a su exabogada y ahora deberá indeminzarla

La sentencia también establece que el hombre debe eliminar el mensaje injuriante de su perfil de Facebook y de los grupos de usuarios donde lo había compartido.

Precisamente, el órgano judicial confirmó una sentencia dictada contra un vecino cordobés, que al parecer injurió a quien había sido su abogada en una declaratoria de herederos. Posteriormente la letrada inició una causa judicial, y ahora su excliente deberá pagar por ello.

Además, la sentencia también le ordena a la parte demandada eliminar el mensaje injuriante de aquellos sitios de internet donde había sido publicado, tanto en su perfil de Facebook como en los grupos de usuarios donde lo había compartido. También le impone la obligación de publicar, en esos mismos medios, la parte resolutiva de la sentencia.

De acuerdo al Tribunal de Apelaciones, integrado por los camaristas Jorge Eduardo Arrambide, Mónica Puga y Verónica Martínez, el hombre demandado tenía otros medios para presentar sus quejas contra quien fuera su letrada, como el Colegio de Abogados y el Tribunal de Ética profesional, algo que nunca hizo.

Por tal motivo, la camarista Martínez señaló que en la virtualidad muchas personas creen que la falta de presencia "les quita responsabilidad por sus actos", mientras que hacer una denuncia requiere otras exigencias y un apersonamiento a un lugar donde hacer la presentación. Además exige dinero, aunque no lo dice la magistrada.

"Las redes sociales se han convertido en una poderosa herramienta que puede ser usada con muy poco límite en cuanto al contenido de las publicaciones, y con un rango de efectos exponencial inimaginable; creemos que esta configuración, a la manera de un foro de discusión, puede convertirse sin temor a exagerar, en una especie de circo romano en que la arenga pública puede ser demoledora para el acusado", expresó Martínez.

Además, señaló que "un modo de evitar este tipo de conflictos es propender a un uso consciente de la red social", y la sentencia explica que para definir el daño moral sufrido por la profesional, el juzgado de primera instancia que ya había sentenciado al autor de estas publicaciones, tuvo en cuenta entre otras cosas la cantidad de comentarios a la publicación en Facebook.

"Por la cantidad de mensajes en el muro y las réplicas, pareciera que se dio ese modo de contención pública en preferencia a una denuncia, que impactaron a otros a manera de catarsis colectiva", explicó la camarista. Finalmente, cabe señalar que el fallo fue fechado el 19 de diciembre del 2022.

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