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Los Profesionales Inmobiliarios CPI deben ser identificados

La Ley 9445 regula la actividad inmobiliaria ¿Cómo identificar a los profesionales inmobiliarios CPI?

La actividad de los inmobiliarios es aún manipulada y desprestigiada por muchas personas que ejercen el rol de manera ilegal ya que no están encuadradas correctamente bajo la Ley 9445, única norma que otorga marco legal a nuestra actividad a nivel provincial.

¿Cómo identificar a los profesionales inmobiliarios CPI?

Aquellos matriculados CPI deberán incorporar en toda Publicidad, Cartelería, Web, Redes Sociales, Papelería, tarjetas personales y en cualquier medio o soporte donde esté determinada la marca de la inmobiliaria habilitada:

- Nombre Completo del Profesional CPI

- Nro. de Matrícula

- Si se tiene “denominación comercial” (nombre de fantasía), previamente deberá estar registrado en las oficinas administrativas del Colegio Profesional.

- Exhibir el carnet profesional en cada instancia que lo requiera nuestro ejercicio profesional.

- Toda persona que ejerce la actividades inmobiliarias y no posee Matricula CPI, es considerada Ilegal y debe ser denunciado.

- Indicar número de matrícula CPI en carteles de promoción de productos, publicidades o cualquier medio donde esté determinada la marca de la inmobiliaria habilitada del Colegiado.

- Exhibir la Oblea Habilitante en la oficina, en un lugar visible y de fácil acceso público

- Pagar regularmente las obligaciones societarias al Colegio, evitando sanciones y multas.

- No se puede delegar ninguna función propia del ejercicio profesional, ni ceder el nombre en Papeles o Formularios que lo identifique, como así tampoco ceder el uso de sus oficinas a personas no habilitadas para la Profesión.

- Está prohibido formar Sociedades de Hecho o Derecho con personas no Habilitadas.

Si la inmobiliaria NO tiene un profesional CPI como responsable, NO puede cobrar comisión ni honorarios y es considerada ILEGAL.

FUENTE: Contenido patrocinado

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